La Fiscalía de Instrucción N.º 6 consideró completa la investigación y solicitó que Marcelo Javier P. sea juzgado por lesiones culposas. La acusación sostiene que el perro escapó de su vivienda por un portón que estaba abierto y mordió a la menor cuando caminaba por el barrio Prosol II, en octubre de 2024.
El fiscal de Instrucción N.º 6 de Posadas, René Germán Casals, solicitó la elevación a juicio de la causa contra Marcelo Javier Pammer, acusado de lesiones culposas por el ataque de un perro de raza dogo argentino a una niña de 10 años. El episodio ocurrió el 22 de octubre de 2024, alrededor de las 14, en inmediaciones de las calles 172 A y Almirante Brown, en el barrio Prosol II.
De acuerdo con el requerimiento fiscal, el animal habría escapado de la propiedad de Pammer a través de un portón corredizo de chapa que se encontraba abierto y atacó a Ángela Jazmín M., quien transitaba por la zona en dirección a su casa.

La acusación sostiene que el propietario habría incumplido las medidas de cuidado y custodia que debía mantener sobre el perro, lo que permitió que saliera a la calle y provocara lesiones en la pierna izquierda de la menor.
El pedido fue presentado el 27 de octubre de 2026 ante el Juzgado de Instrucción N.º 6, luego de que el representante del Ministerio Público Fiscal considerara agotada la etapa investigativa y reunidos los elementos necesarios para que el caso sea debatido en un juicio oral.
El ataque y las lesiones que sufrió la menor
Según surge de las actuaciones judiciales, la niña caminaba por el barrio cuando fue sorprendida por el dogo argentino, de pelaje blanco, que salió de la vivienda ubicada en la esquina de las calles 172 A y 127 B.
Una de las vecinas que presenció el episodio declaró que escuchó gritos y, al salir de su casa, observó a varios perros alrededor de la menor. En ese momento, uno de ellos la sujetaba de la pierna izquierda y la sacudía sin soltarla.
La testigo relató que el propietario del animal salió de la vivienda y comenzó a golpearlo con patadas hasta conseguir que soltara a la niña. Luego, el perro fue llevado nuevamente al interior del inmueble.
Otra de las declaraciones incorporadas al expediente indicó que la menor presentaba una importante lesión en la zona del muslo y que varios vecinos intervinieron para asistirla.
La madre de la víctima, Susana I., denunció que escuchó llorar a su hija y salió a comprobar qué había sucedido. Al llegar, encontró a la niña herida y tomó conocimiento de que había sido atacada por el perro de un vecino al que identificaba como Marcelo, conocido en el barrio por el apodo de «El Polaco».
La menor fue trasladada en un vehículo particular al Hospital de Pediatría Dr. Fernando Barreyro, donde recibió atención médica. Según declaró su madre durante la investigación, debió ser intervenida quirúrgicamente y permaneció internada aproximadamente un día y medio.
El informe médico incorporado a la causa describió una herida contuso-cortante por mordedura de animal en el muslo izquierdo. Posteriormente, el Cuerpo Médico Forense determinó que se trataba de una lesión traumática, lacerante, desgarrante y penetrante, con pérdida de sustancia, cuyo tiempo de curación fue estimado en menos de 30 días, salvo complicaciones.
Los antecedentes denunciados por la familia y el planteo fiscal
En su declaración, manifestó que el episodio no habría sido el primero protagonizado por el mismo animal. Sostuvo que anteriormente habría atacado a otros dos niños y que, en una oportunidad, el propietario habría entregado dinero a un vecino para evitar que realizara una denuncia. Sin embargo, estos antecedentes fueron incorporados como parte de su testimonio y no constituyen hechos acreditados en el requerimiento de elevación a juicio.
La mujer también relató que, después del ataque, Pammer se comunicó con ella mediante un mensaje en el que pidió disculpas y reconoció que el perro se había escapado por un descuido. En esa comunicación, ofreció colaborar con los gastos de traslado y medicamentos, además de señalar que había presentado ante la Policía la libreta de vacunación del animal.
La madre de la niña declaró que aceptó un pago de 30.000 pesos y que posteriormente se habría acordado una asistencia económica mensual de 250.000 pesos durante un año, mediante un entendimiento con la esposa del imputado.
También manifestó que su hija continuaba con molestias en la pierna, dificultades para caminar y temor hacia los perros. Por ese motivo, expresó que necesitaba asistencia psicológica para la menor.
En otra parte de su declaración, la mujer aseguró que el animal habría vuelto a permanecer suelto y que el portón de la propiedad continuaba abierto en algunas ocasiones. Asimismo, manifestó tener temor por situaciones posteriores que atribuyó al propietario del perro.
Estos dichos forman parte de las declaraciones incorporadas al expediente y no fueron presentados por la Fiscalía como hechos independientes de la acusación principal.
El incumplimiento del deber de cuidado
Al fundamentar el pedido de elevación a juicio, Casals consideró que existen elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal a Pammer por no haber adoptado las medidas necesarias para mantener al animal dentro de su propiedad.
El fiscal hizo hincapié en que quien tiene bajo su responsabilidad un animal debe evitar que represente un peligro para terceros. En ese sentido, sostuvo que el portón abierto habría permitido que el perro escapara y que esa omisión tuvo una relación directa con las lesiones sufridas por la niña.
La acusación se encuadró en el delito de lesiones culposas, previsto en el artículo 94, primer párrafo, del Código Penal argentino. Esa figura contempla sanciones para quienes, por imprudencia, negligencia, impericia o incumplimiento de los deberes a su cargo, ocasionen daños en el cuerpo o la salud de otra persona.
Entre las pruebas reunidas durante la instrucción figuran el acta de constatación e inspección ocular, el croquis del lugar, los certificados e informes médicos, la libreta de vacunación del perro, las fotografías de las lesiones, las declaraciones de la madre y de las vecinas que intervinieron, el informe socioambiental y las actuaciones complementarias.
El Ministerio Público Fiscal sostuvo que estos elementos permiten establecer, con el grado de probabilidad requerido para esta instancia, la existencia del hecho y la presunta responsabilidad del imputado.
Finalmente, solicitó que el acusado sea llevado a juicio como presunto autor penalmente responsable de lesiones culposas. La decisión sobre la elevación de la causa y la eventual responsabilidad penal del acusado deberá ser resuelta por el órgano judicial competente
