Revés judicial a Parques Nacionales, suspenden eventos privados en Cataratas

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La Cámara Federal de Posadas frenó los «microeventos» privados en el Parque Nacional Iguazú al suspender la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN). Este fallo, emitido el 28 de abril de 2026, revoca el rechazo en primera instancia y representa un revés a la flexibilización impulsada por el Gobierno nacional en áreas protegidas, priorizando controles ambientales estrictos.

Los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden concedieron una medida cautelar de no innovar a pedido de la Asociación Civil Orembae, hasta una sentencia definitiva. La norma cuestionada, aprobada en diciembre de 2025, permitía actividades privadas de hasta 60 personas en el Área Cataratas, con controles simplificados vía declaraciones juradas.

Orembae argumentó omisiones en la Evaluación de Impacto Ambiental, participación ciudadana y el Acuerdo de Escazú. El abogado Martín Ferroni celebró que «la duda favorece a la naturaleza», corrigiendo el criterio del Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que no vio «peligro inminente».

Los camaristas enfatizaron que la presunción de legitimidad administrativa cede ante riesgos ambientales, aplicando el principio preventivo de la Ley General del Ambiente. Advirtieron que los microeventos podrían eludir controles rigurosos en un ecosistema sensible, y que el control judicial es «indelegable».

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