Advierten que una ordenanza no puede modificar el régimen electoral de Misiones

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El debate sobre una posible modificación del régimen electoral en Posadas sumó cuestionamientos desde la Legislatura provincial. El diputado José Luis Pastori, del Movimiento por lo que Viene, sostuvo que el Concejo Deliberante no puede modificar mediante una ordenanza disposiciones establecidas por una ley provincial y planteó que cualquier cambio debe respetar el ordenamiento jurídico vigente en Misiones.

El legislador se refirió a la discusión que se desarrolla en el ámbito del Concejo Deliberante de Posadas y remarcó que existe un orden de jerarquía normativa que determina qué instrumentos tienen prevalencia dentro del sistema jurídico argentino. “Primero la Constitución, los pactos que tienen un rango constitucional, después vienen las leyes, después vienen los decretos, después viene la ordenanza”, explicó Pastori al recordar los contenidos de Educación Cívica que estudió durante su formación secundaria.

A partir de ese principio, consideró que una normativa municipal de rango inferior no puede alterar una disposición provincial. “Una ley tiene prevalencia sobre una norma inferior, en este caso una ordenanza”, afirmó.

El diputado cuestionó además el sentido del debate político que se instaló en el cuerpo deliberativo capitalino. “Me parece que es más cháchara y circo que otra cosa”, expresó, y pidió a los concejales de La Libertad Avanza que concentren su actividad legislativa en los problemas cotidianos de los vecinos de Posadas.

La competencia del Tribunal Electoral

Pastori también puso el foco en las atribuciones institucionales del Tribunal Electoral de Misiones, al que señaló como el organismo con competencia específica sobre la organización y aplicación del régimen electoral provincial.

En ese sentido, mencionó entre sus responsabilidades la autorización de las boletas, la definición de aspectos vinculados con los comicios y la aplicación del sistema D’Hondt para la distribución de bancas legislativas, de acuerdo con los resultados electorales.

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El legislador recordó que el organismo tiene rango constitucional y está presidido por un integrante del Superior Tribunal de Justicia. 

Desde esa perspectiva, sostuvo que una ordenanza municipal carecería de eficacia jurídica para introducir modificaciones sobre disposiciones electorales provinciales. “Partiendo de ahí, cualquier acto jurídico, llámese resolución, decreto, ordenanza de rango inferior no tiene realmente alguna eficacia jurídica”, argumentó.

Una eventual reforma debería pasar por la Legislatura

Al explicar cuál sería el procedimiento institucional para avanzar con una modificación del régimen electoral, Pastori señaló que la discusión debe trasladarse al ámbito legislativo provincial. “Cualquier modificación que se tuviera que hacer o que se pretendiera hacer debería ser a través de una ley en definitiva que debe tratar, en este caso, nuestro Parlamento que es la Cámara de Diputados”, sostuvo.

De esta manera, el diputado provincial cuestionó la iniciativa que se discute en el Concejo Deliberante de Posadas y planteó que el debate debe contemplar las competencias de cada nivel del Estado y la jerarquía de las normas.
Sus declaraciones se suman a la discusión política e institucional abierta en la capital misionera en torno a una eventual reforma electoral y al alcance de las atribuciones municipales para intervenir sobre un régimen regulado por legislación provincial

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